Proposición de Ley Foral por la que se regula la prohibición en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra de la técnica de fractura hidráulica como técnica de investigación y extracción de gas no convencional

Proposición de Ley Foral por la que se regula la prohibición en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra de la técnica de fractura hidráulica como técnica de 
investigación y extracción de gas no convencional

presentada por el Grupo Parlamentario Socialistas de Navarra:


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La fractura hidráulica como técnica para la extracción de gas, o fracking, plantea en la actualidad interrogantes tanto desde el punto de vista de la salud como desde la perspectiva de la protección medioambiental, fundamentalmente por la posibilidad de que con la utilización de esta técnica pueda producirse contaminación en los acuíferos subterráneos dada la inyección de productos tóxicos y contaminantes que resultan necesarios para la utilización de esta técnica. Los riesgos que puede generar la utilización de esta técnica han sido puestos de manifiesto en recientes estudios elaborado por instituciones independientes y de indudable imparcialidad. En este sentido, en junio de 2011 la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad del Parlamento Europeo publicó un informe en el que se planteaban interrogantes sobre el uso de la fractura hidráulica como técnica de investigación y extracción de gas.
Por todo ello, en la actualidad existe una preocupación social por los riesgos que supone la puesta en marcha de la extracción de gas no convencional mediante esta técnica, y se considera por distintos sectores sociales que esta actividad puede tener perjuicios significativos para el medio ambiente y para los acuíferos subterráneos.
Para la Comunidad Foral de Navarra la agricultura y la industria agroalimentaria es junto con su naturaleza y su valor paisajístico una de sus señas de identidad. Prueba de ello es que la mayor apuesta de futuro del departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente es el Canal de Navarra y la puesta en regadío de miles de hectáreas para su cultivo.
La pureza de sus aguas y la preservación de la naturaleza por su baja ocupación del territorio han hecho que seamos un referente a nivel nacional en turismo rural, ecoturismo, birding. etc
Ante este estado de cosas, en la Comunidad Foral Navarra se adopta la presente medida en orden a suspender la actividad de extracción de gas no convencional por la técnica de la fracturación hidráulica mientras sigan existiendo las dudas e incógnitas que existen en la actualidad.
La Comunidad Foral de Navarra actúa dentro del ámbito de las competencias en materia de ordenación del territorio, urbanismo y vivienda; protección del medio ambiente y de los ecosistemas; sanidad e higiene, promoción, prevención y restauración de la salud; industria, y régimen minero y energético.
Articulo 1. Queda prohibido en todo el territorio de la Comunidad Foral de Navarra el uso de la fractura hidráulica o fracking como técnica que por medio de la inyección de aditivos químicos es susceptible de ser utilizada para la investigación y extracción de gas de esquisto o no convencional.
Artículo 2. Las autoridades y funcionarios públicos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra velarán por el respeto y cumplimiento de lo dispuesto en la presente ley y adoptarán, dentro de sus respectivas competencias, las medidas oportunas para la paralización de las actividades que se realizaran contraviniendo lo dispuesto en la presente ley, así como para la reposición de la situación alterada a su estado originario.
Artículo 3. A partir de la entrada en vigor de la presente ley, el empleo de la técnica referida en el artículo 1, al implicar un uso del suelo prohibido en el territorio de la Comunidad Foral de acuerdo con lo establecido en el artículo 1 de esta Ley Foral, tendrá la consideración de infracción urbanística con arreglo a lo previsto en la Ley Foral 35/2002 de 20 de diciembre, de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Navarra.
Disposición transitoria única. Lo dispuesto en la presente ley será de aplicación a los permisos y cualquier otro título habilitante de la actividad prohibida en el artículo 1, tanto a los ya concedidos o en tramitación, como a las solicitudes que se formulen a partir de su entrada en vigor.
Disposición final única. La presente ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.


Y esta fue la enmienda presentada por el Grupo Parlamentario Bildu-Nafarroa:



Enmienda de sustitución del artículo 1, cuyo texto quedará redactado como sigue:
“Artículo 1. Prohibición de la exploración y la explotación de los hidrocarburos no convencionales.
a) En virtud de las competencias en materia de protección del medio ambiente y de planificación de la actividad económica y fomento del desarrollo económico dentro de Navarra, que posee la Comunidad Foral en la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra (L.O. 13/1982, de 10 de agosto), se prohíbe la exploración y la explotación de los hidrocarburos no convencionales en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra, sea cual sea la técnica que se emplee.
b) Se entienden como hidrocarburos no convencionales: los hidrocarburos líquidos o gaseosos que estuviesen atrapados en la roca madre cuya permeabilidad sea inferior a 1 millidarcy, así como los hidrocarburos gaseosos que estuviesen atrapados en vetas de carbón o de hulla y que no saldrían ni se desprenderían de ella sin la acción humana.”
Motivación: Es necesario introducir una terminología explícita que permita identificar estos hidrocarburos no convencionales con el fin de darles una verdadera definición. En efecto, la dificultad reside en el hecho de que no existe distinción entre los diferentes tipos de hidrocarburos, convencionales o no convencionales, y es imposible, actualmente, determinar exactamente si se trata de hidrocarburos que “están dispersos en el seno de una formación de roca no porosa que hace falta fisurar para extraer el petróleo o el gas que contienen”. Es por lo que pretendemos aclarar en la proposición de ley qué se entiende por hidrocarburos líquidos y gaseosos, incluidos los petróleos y gases de roca-madre aprisionados en el seno de una formación de roca no porosa, en función de la permeabilidad de esta roca, precisada en unidades millidarcy, o por la calidad y características de la roca (vena de carbón o de hulla).
De la misma manera debemos hacer valer nuestras competencias a la hora de planificar nuestra propia actividad económica y de modelo de desarrollo, apostando y comprometiéndonos claramente en la transición energética hacia otro modelo energético sostenible, rechazando utilizar recursos tanto públicos como privados en beneficio de la investigación como en la explotación de nuevos hidrocarburos, de este modo Navarra seguirá comprometida totalmente con las energías renovables.
Finalmente se ha aprobado une enmienda "in voce" transaccional, en la que se aceptaba la enmienda planteada por el Grupo Parlamentario Bildu-Nafarroa, con la siguiete redacción del apartado b) dee dicho Artículo1.:


b) Se entienden como hidrocarburos no convencionales: los hidrocarburos líquidos o gaseosos que estuviesen atrapados en la roca madre cuya permeabilidad sea inferior a 1 millidarcy, así como a los que, aferrados en vetas de carbón o de hulla, no saldrían ni se desprenderían sin la inyección de grandes cantidades de agua a presión con aditivos químicos.

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Un geofísico denuncia la relación directa entre el fracking y el aumento de actividad sísmica

Un geofísico denuncia la relación directa entre el fracking y el aumento de actividad sísmica

Ha analizado el caso de una ciudad de Ohio, Youngstown, donde después de realizarse actividades de inyección de fluídos de desecho en un pozo durante un año, se registraron 109 terremotos

Los vecinos del pueblo de Youngstown, en Ohio, aseguran que nunca habían sufrido un terremoto hasta hace dos años y medio. Pero desde enero de 2011 a febrero de 2012 se han registrado 109 temblores en la zona y el Doctor en Geofísica Won-Young Kim ha publicado un artículo relacionando estos terremotos con las actividades de fracking realizadas en los alrededores de esa localidad, según cuenta el blog científico Science 2.o .

En diciembre de 2010, Northstar 1, una inyección de pozos profundos construidos para bombear las aguas residuales producidas por fractura hidráulica en el estado de Pennsylvania (vecino a Ohio), entró en funcionamiento.

En los 14 meses siguientes al inicio de esta actividad, los sismógrafos al rededor de Youngstown y en la misma localidad registraron 109 terremotos. El más fuerte ocurrió el 31 de diciembre de 2011 y fue de magnitud 3,9. Otro seis se pudieron sentir por la población.

El Doctor Won-Young Kim, del Observatorio Terrestre Lamont-Doherty, de la Universidad de Columbia, ha analizado los terremotos en Youngstown y ha descubierto que el inicio de los mismos, su cese e incluso las caídas temporales en la actividad están vinculados a la actividad en el pozo Northstar 1.

Relación directa

El primer terremoto registrado en la ciudad ocurrió 13 días después de que el bombeo comenzase y cesaron al poco de que el Departamento de Recursos Naturales de Ohio cerrase el pozo en diciembre de 2011.

Incluso las caídas en la actividad sísmica coinciden con el 4 de Julio, el Día de los Caídos, el Día del trabajador y Acción de Gracias, así como otros periodos en los que la extracción y el pozo se paralizaron temporalmente.

Estos pequeños temblores ocurren unas 900.000 veces al año e incluso el mayor registrado en Youngstown sucede 30.000 veces cada año, pero Kim cree que el pozo de extracción debe preocupar, ya que nunca antes se habían sentido los terremotos.

"En los últimos años, los residuos líquidos generados durante la producción de gas de esquisto y la fracturación hidráulica han ido en constate aumento en los Estados Unidos. Y esta inyección de fluídos de desecho en un pozo profundo de Youngstown, Ohio, durante enero de 2011 y febrero de 2012, han provocado los terremotos. Estos temblores se deben seguramente al aumento de la presión que ha provocado la inyección de aguas residuales profundas y ha causado que la falla existente se deslice" explicó Kim.

"A lo largo de 2011, los terremotos se han migrado del este al oeste a lo largo de la falla lejos del pozo, un indicativo de que los temblores están causados por la expansión del frente de presión" añade Kim.


http://www.publico.es/463822/un-geofisico-denuncia-la-relacion-directa-entre-el-fracking-y-el-aumento-de-actividad-sismica



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COMUNICADO DEL GRUPO DE COORDINACION ESTATAL

COMUNICADO DEL GRUPO DE COORDINACION ESTATAL

¡Saludos a todas las plataformas y asambleas anti-fracking del estado!

Desde este grupo formado bajo el acuerdo de las plataformas asistentes al pasado encuentro, nos ponemos en contacto con vosotros para servir en la gestión de la coordinación del próximo encuentro. Siendo una herramienta común para preparar el próximo encuentro entre todos.

Ofrecemos reunir y actualizar las propuestas que pongamos en común y a coordinar la diferentes acciones de organización del encuentro, con el seguimiento de los acuerdos que vayamos tomando.


Vemos importante señalar que cada plataforma, asamblea o agrupación es peculiar (lo cual resulta muy interesante de cara a la riqueza de nuestros recursos, como conjunto), las diferencias pueden ser muchas y eso es natural.
Hay que dejar claro que el ámbito estatal no debe suponer la disolución de la entidad y la actividad singular de ninguna plataforma, ni tampoco el dominio de nadie.

Deberíamos sentir la colaboración en el ámbito estatal como complementaria, bajo estrictamente lo que tenemos en común: la lucha por la defensa de la tierra donde vivimos ante la amenaza del fracking.
Esta es la lucha que empieza en cada pueblo y que desgraciadamente se decide con fuerza en el gobierno de España y en Europa, hasta con Canadá y bajo los intereses del mercado capitalista, que por encima de las personas y de la natural soberanía que roban a los pueblos, intentan desarrollar el desastre de la fractura hidráulica, llegando a suponer un ataque directo a la tierra, el agua, pero sobretodo es un desafío a la humanidad.

 Por eso a nivel estatal debemos hacer el esfuerzo de primar lo que nos une y no lo que nos separa, para conseguir una fuerza conjunta y tener un efecto sobre la sociedad general del estado, el gobierno central e incluso relaciones y colaboración europea o internacional (si procede).

Para ello es muy importante consensuar, una base de principios y objetivos comunes. Y conseguir desarrollar una relación de confianza entre nosotros.
Es hora de trabajar juntos.

-.-


Es necesario que tomemos ciertas decisiones importantes que están aún por determinar y que deberíamos resolver para trabajar juntos y preparar un buen encuentro:

1. La fecha del encuentro:

Tras recibir la propuesta de Cantabria donde recomiendan dedicar el tiempo necesario para la creación de un buen encuentro, a pesar de que en un principio se planteó la celebración del encuentro en septiembre, vemos interesante la propuesta y hemos ampliado el plazo de elección de fechas hasta el día 13 de octubre. Para decidirlo entre todos, hemos creado la encuesta-calendario en doodle: http://www.doodle.com/eb74ay9tmhmk4z7h

Podéis elegir uno o varios días diferentes. O si preferís proponer un encuentro de dos días (fin de semana completo) simplemente marcad los dos días del fin de semana que propongáis.


2. El lugar de encuentro:

Sobre este asunto hay que señalar que en el pasado encuentro estatal en Madrid, las plataformas que participamos acordamos que Madrid es la mejor opción, por ser el centro geográfico y por ser el lugar dónde se encuentra el objetivo para conseguir la prohibición en todo el estado.
De todos modos deberemos acordarlo finalmente entre todos.

El espacio social auto-gestionado de La Tabacalera resultó muy adecuado. Disponen de multitud de salas y tenemos contacto directo con gente de la organización, que están encantados de ayudarnos y colaborar en todo lo posible. Es un espacio en el que se respira cierta libertad, donde también se encuentran 15M y muchos otros colectivos sociales.
Sería muy bueno saber si organizaremos un encuentro de dos días, o no. Por si necesitamos espacio para dormir y si se desea compartir la noche juntos.

3. Participación y representación:

Deberíamos elegir básicamente entre dos opciones.
Existe una idea que es hacer el encuentro lo más participativo posible, sin limitación de gente y sin representantes, más horizontal pero también de menor agilidad.

Y otro planteamiento, de un encuentro con portavoces, capaces de poder hablar por las ideas consensuadas en sus plataformas o asambleas. De participación más restringida, pero con más agilidad y facilidad de debate.
Es importante que lleguemos a un acuerdo sobre este asunto.

4. Propuestas concretas a tratar (para el orden del día):

Presentaciones, coordinación, grupos de trabajo, sistema informático, base de datos, unión de pueblos, etc…
Desde el grupo de coordinación, haremos el trabajo de recopilar y estructurar las propuestas que se vayan haciendo, completando un listado creado entre todos.
Para eso usaremos GoogleDrive, una herramienta para gestionar documentos, donde quedan todos los cambios registrados de manera ordenada y actualizada.
Cuanto más preparadas llevemos las propuestas que reunamos, más fructífero será el encuentro.

5. Coordinación:

Para organizar esto, os planteamos lo siguiente:

-Recomendamos usar la lista de correo para comunicarnos, y compartir opiniones entre todos.

-Hemos creado un pequeño formulario con las cuestiones más importantes, para ir sumando las propuestas de manera ordenada y así poder reunirlas en un documento (está como archivo adjunto).
Podéis enviar el formulario con vuestras propuestas a la dirección unidassinfractura@gmail.com, para la recopilación conjunta.
Iremos publicando los resultados en la lista de correo.

-Vemos conveniente establecer una fase inicial de reunión de propuestas (intentemos reunirlo antes de septiembre) y tras su recopilación, una segunda fase conclusória para proceder a la organización del encuentro.

- Rogamos una participación lo más activa y constructiva posible.


Aprovechamos la ocasión para recordaros que si alguien tiene ganas y disponibilidad, puede sumarse a este grupo de trabajo (se requiere de tiempo y agilidad de operación en internet). Para ello, debe ser aprobado por la asamblea de su plataforma y comunicado a este correo.

Aprovechamos para mandaros un fuerte abrazo infracturable, lleno de esperanza y espíritu constructivo.

El grupo de coordinación.












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Texas se queda sin agua por culpa del fracking

Texas se queda sin agua por culpa del fracking

Algunas ciudades de Texas, estado donde han proliferado los proyectos de fracking, se quedan secas: el inodoro se llena de arena; por el grifo, no sale agua, sino tierra. Es el resultado de años de inyección de productos químicos mezclados con arena y agua para romper las rocas del interior de la tierra: un medio ambiente destrozado y ciudadanos que se quedan sin suministro de agua potable.

Está ocurriendo en buena parte del sudoeste de Texas. Hay que señalar que también afectan los tres años de sequía que ha sufrido la región. Fracking y cambio climático, una desastrosa combinación. En el mencionado estado, treinta comunidades podrían quedarse sin agua a finales de este 2013, según datos de la Comisión de Texas sobre Calidad Ambiental. Casi 15 millones de personas tienen que racionar el agua, sin poder regar los jardines o llenar las piscinas.

El francking ha cambiado el paisaje de Texas. Los ganaderos no pueden alimentar a sus rebaños. Los productores de algodón han perdido hasta la mitad de sus cosechas. Centenares de pozos de agua para abastecer a las compañías petroleras que extraen gas de esquisto han dejado toda una región sin futuro. Cientos de camiones salen con el agua dulce de los pozos para poder extraer gas.

Una región sin futuro

Los árboles de los jardines se mueren. La cantidad de agua que necesita un pozo de fracking un día es suficiente para dar de beber a toda la población de una ciudad. Cuando llegó la sequía, los ciudadanos tuvieron que reducir el gasto de agua potable, pero no la industria del petróleo. Muchos propietarios de pozos se han aprovechado de la situación y han ganado mucho dinero vendiendo agua a las compañías petroleras.

En el condado de Crockett, por ejemplo, el fracking supone hasta el 25% del consumo del agua. El fracking contamina los acuíferos, produce terremotos y agota los recursos de agua potable.


http://www.ecologiaverde.com/texas-se-queda-sin-agua-culpa-fracking/


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TEXTO LEIDO EN LA INVITACIÓN A LA PLATAFORMA AL ACTO DEL PSOE

TEXTO LEIDO EN LA INVITACIÓN A LA PLATAFORMA AL ACTO DEL PSOE. El Bonillo. 30 Julio 2013
   

Ayer se desarrolló en El Bonillo un doble acto al que se invitó a intervenir a esta Plataforma. Primero se realizó una reunión entre el líder del PSOE de CLM (junto a otros responsables de esa formación) y la Plataforma, por la que asistimos miembros de todos los grupos locales. En ella transmitimos a esa organización (como hacemos a todas) nuestras posiciones. Y ellos nos dijeron que se comprometen a rechazar todas las técnicas de extracción de hidrocarburos no convencionales, a prohibirlas y a paralizar cualquier proyecto que esté en marcha. Tras esa reunión, se desarrolló un acto público en el que se posibilitó que la Plataforma también hiciera públicas sus posiciones ante los asistentes. Sentimos no tener vídeo de la intervención de nuestro compañero Jesús, porque no sólo el texto que a continuación reproducimos, sino con la claridad, concreción y contundencia con que lo expuso, hicieron plenamente nítidos nuestros planteamientos.

TEXTO LEÍDO EN LA INVITACIÓN A LA PLATAFORMA AL ACTO DEL PSOE.

El Bonillo. 30 Julio 2013

Queremos agradecer que se nos haya invitado a este acto, dándonos la oportunidad de expresar, una vez más, la preocupación social y nuestra más rotunda oposición a los proyectos de extracción de gas no convencional.

La Plataforma contra la fractura hidráulica del Campo de Montiel y La Mancha, es una plataforma ciudadana APARTIDISTA, dispuesta a participar en cualquier foro donde manifestar nuestra inquietud, y reivindicar nuestro derecho a ser escuchados y tomados en cuenta. Hoy estamos aquí invitados por una formación política, y mañana acudiremos allí donde se nos requiera bien sea por otra formación política, entidad, colectivo o medio. Y en otras ocasiones, allí estaremos también… aun sin ser invitados. Todo para mostrar nuestros más que sobrados argumentos en contra de esta barbarie de proyectos.

Desde su creación, a finales de 2012, esta Plataforma ha intentado sacar a la luz pública un proyecto que pretendía llevarse a cabo con total oscurantismo y excluyendo a la población afectada tanto de la información como de la participación ciudadana. En proyectos de este calado, con decisiones tan transcendentales para el futuro de comarcas enteras, SUS GENTES TENEMOS ALGO QUE, no solo decir, sino DECIDIR. Al respecto, y un ejemplo más, del miedo a que la ciudadanía conozca estos proyectos y las técnicas empleadas, es que el pasado 18 de julio el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente organizó una jornada sobre el fracking vetada a la prensa.

Esta Plataforma recaba cuanta información puede tanto de este proyecto (siendo mínima la existente), como de la técnica de fractura hidráulica o fracking, revisándola y contrastándola para informar a la población. Las campañas de información incluyen charlas por todas las localidades incluidas en el proyecto, así como en las ciudades de Albacete y Ciudad Real (al público en general, a colectivos, institutos, universidad,…); se han realizado conciertos; mesas informativas en otros eventos; recogida de firmas (más de 13.500 firmas que se han entregado ya en la Diputación de Albacete y en la JCCM, y aun se continúan recogiendo); uso de redes sociales; asistencia a reuniones a nivel nacional; presencia en actos tan bochornosos como el debate de las mociones presentadas en la Diputación de Albacete o las Cortes de CLM; o difusión en medios de comunicación. Punto este último, en el que queremos denunciar el vacío informativo que algunos medios, sobre todo los públicos, han hecho de una inquietud ciudadana como esta.

El resultado ha sido una movilización ciudadana sin precedentes en la zona, traducida en manifestaciones por todas las localidades y la ciudad de Albacete, con la participación de más de 2.000 personas en algunas de ellas.

Recordaremos, muy brevemente, cuales son los principales peligros que entraña la fractura hidráulica:

· Afección a los acuíferos (en nuestro caso los acuíferos 23 y 24):

- Por el altísimo consumo de agua. Todos conocemos el régimen de lluvias de estas comarcas, con periodos de sequía, que queramos o no, llegarán. Hay que recordar, también, que el acuífero 24 está declarado “sobreexplotado”. Sin embargo, para allanar el terreno, en el reciente Plan Hidrológico del Guadiana y para la zona del Alto Guadiana, esta en la que nos encontramos, se priorizan las “Industrias extractivas” como el fracking por delante de los usos agrícolas del agua.

- Pondrá en riesgo un acuífero tan frágil como el 24, con consecuencias desconocidas para su dinámica hidrogeológica tras quedar taladrado por cientos de pozos.

- Riesgo de contaminación, tanto de aguas superficiales como subterráneas, por los productos químicos empleados, las sustancias extraídas de del subsuelo, o el metano.

· Contaminación atmosférica, por la volatilidad de muchas de las sustancias empleadas en la técnica, y en los propios procesos industriales. Lo que se ha vendido como una técnica para paliar el efecto invernadero, ha quedado demostrado por numerosos informes, que sus repercusiones -gracias a los escapes inevitables de gas metano- son mucho más perjudiciales que las ya conocidas consecuencias de la combustión de minerales fósiles.

· Riesgo de terremotos. Las altas presiones a las que se somete al subsuelo, pueden originar, inducir o agravar seísmos. Varias empresas han reconocido que la fractura hidráulica ha sido la causa de terremotos en regiones donde se ha usado esta técnica.

· Alteración del paisaje y ocupación del suelo. Eliminando uno de los principales valores de esta comarca: el valor ambiental, y los recursos que ello genera (de biodiversidad, turismo, agricultura, ganadería, cinegético, y de calidad de vida y tradición).

· Pedida de derechos de la propiedad de las tierras, porque las declaraciones de “interés público” vendrán seguidas de “expropiaciones forzosas”, según dicta la ley.

· Altísimo coste de extracción. Llegando en algunos casos a ser mayor el coste de producción que el valor del gas extraído.

· Y por si todos estos argumentos fueran pocos, el argumento estrella, es decir el beneficio económico y la independencia energética, cada día parece más indefendible. Estamos ante un nuevo engaño, otra burbuja que solo busca la especulación en beneficio de unos pocos y la ruina para muchos, incluidos los inversores. El gas no convencional resulta muy costoso de extraer, las cifras sobre las reservas han estado exageradamente engordadas, y “la mentira” del fracking empieza a desmoronarse, eso sí dejando en las regiones donde se haya llevado a cabo su huella por muchos años.

Aun así, el empecinamiento por seguir con este modelo energético basado en hidrocarburos, la presión de los oligopolios del sector y la incapacidad de reaccionar, hace que gobernantes de regiones y países como el nuestro, sigan negando la evidencia y apostando por él. Recordamos que en nuestra comunidad son tres los proyectos con fase de investigación aprobada y trabajos iniciados: Dos de ellos aprobados por el Ministerio (por afectar a dos Comunidades Autonomas) -Proyecto Cronos en Guadalajara y Soria; y Proyecto Aries 1 en Albacete y Murcia- y uno (en realidad 3) aprobados por la Junta de Comunidades, que afecta a las provincias de Ciudad Real y Albacete: Proyectos Esteros, Almorada y Nava; los tres en pleno Campo de Montiel donde nos encontramos hoy.

Por el contrario, cada vez son más las regiones y países que se oponen y prohíben estas técnicas en sus territorios: entre ellos varios estados de Estados Unidos y Canadá; en Europa países como Francia, Bulgaria o Dinamarca; o en países como Polonia que apostaron por esta técnica en vista de la grandes reservas de gas que se prometían, los inversores empiezan a retirarse por la baja producción. En España se ha prohibido en las comunidades de La Rioja y de Cantabria, las Cortes de Aragón han declarado la región como “Territorio libre de fracking”, y son numerosísimos los ayuntamientos de municipios – de distintos signos políticos- y comarcas de todo el país, allí donde se han presentado proyectos, los que se han opuesto firmemente.

En Castilla-La Mancha, creemos conocer la postura del PSOE, así lo ha mostrado presentando mociones en la Diputación de Albacete y las Cortes de Castilla-La Mancha, o asistiendo a las distintas concentraciones, pero desde esta Plataforma les pedimos más:

- Les pedimos incluir en el programa electoral de las próximas elecciones autonómicas el compromiso firme y claro de que no se van a autorizar futuros proyectos de Fractura Hidráulica o técnicas similares y que, en los que están en marcha, no se autorizará ningún sondeo que suponga Fractura Hidráulica, para conocimiento de las empresas, de que no se va a autorizar ninguna actividad de explotación de gas o petróleo no convencional. Les pedimos, que se comprometan no solo a no autorizar, sino a incluir en la legislación autonómica la prohibición de estas técnicas en todo el territorio de Castilla-La Mancha.

Ese compromiso debe ser sin rodeos: no una moratoria, no pedir cumplir la legislación ambiental actual. El compromiso debe ser la prohibición.

Y en este mismo sentido, el compromiso energético de apostar por otro modelo. Todos sabemos que esta comunidad puede. Energías renovables proyectadas – ambiental, económica y socialmente- de forma adecuada. Sin caer en los mismos monopolios que se pretenden con los hidrocarburos.

- Deben trasladar a los órganos de gobierno nacionales de su partido, la necesidad de adoptar esos compromisos en toda España, desautorizando las opiniones particulares de cargos o personas del partido (como el expresidente Felipe González) que se han mostrado partidarios de investigar y desarrollar proyectos de Fractura Hidráulica y de captura profunda de CO2. O posturas como las de Patxi López en Euskadi. En definitiva, exigimos coherencia del PSOE en este tema. Esta Plataforma no quiere la Fractura Hidráulica, ni aquí ni en ningún lugar.

- Pedimos el reconocimiento del error o el desconocimiento cuando se autorizaron proyectos de Fractura Hidráulica desde los gobiernos nacionales del PSOE (proyectos como Aries de Campos de Hellín y Murcia) o autonómicos (como los de Euskadi).

- Queremos, también, el compromiso de trasladar estas cuestiones a los debates que se produzcan en la campaña electoral, para conocimiento de la ciudadanía y para diferenciarse del silencio institucional que está dando a este tema el PP.

Entenderán, que hoy más que nunca, desconfiemos de cualquier promesa política. Esta Plataforma ciudadana tomará nota y llegado el caso, exigirá por todos los medios que se cumplan las compromisos adquiridos. Para los que lo tenemos claro, no habrá medias tintas, no habrá posibilidad de negociación. Nuestra postura ante la Fractura Hidráulica siempre será NO. Simplemente porque nadie pueda dar garantías en este terreno, y quien hable de ellas es por puro interés o puro cinismo.

Nosotros seguiremos luchando hasta ver esta y otras comarcas libres de la Fractura Hidráulica, y ese camino estamos dispuestos a recorrerlo con quienes pretendan el mismo horizonte, y no solo para la “foto”. La credibilidad en ellos pasará por marcar en ese camino metas claras, concretas y a corto plazo y que estas se vean cumplidas.

Para terminar, decir que nadie de los que estamos aquí, ni los que están en despachos – políticos, empresarios, o sanguijuelas de los hidrocarburos…- tienen derecho a hipotecar de esta manera nuestro futuro ni el de las generaciones venideras.

De nuevo, en nombre de la Plataforma contra la fractura hidráulica del Campo de Montiel y La Mancha, gracias por la invitación y gracias a los asistentes por su atención.




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Reunión de la Plataforma FUENTEÁLAMO, ONTUR Y ALBATANA contra el Fracking


REUNIÓN "FAO CONTRA EL FRACKING" 26 DE JULIO


Desde la plataforma de Fuenteálamo, Ontur y Albatana ("FAO contra el Fracking") se informa que  el día 26 de julio a las 21h se convoca una reunión en principio en Ontur. (Lugar: pendiente de confirmación)

Se invita a todos aquellas personas interesadas en el tema y participantes activos de otras plataformas anti-Fracking. Finalidad: aportar información y coordinarse entre municipios.

Para mayor información dirigirse a la siguiente dirección:

faocontraelfracking@gmail.com

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Jornadas Ministerio Medio Ambiente



Jornadas de análisis sobre la aplicación de la técnica de fractura hidráulica en la exploración y explotación de hidrocarburos no convencionales. 

Jueves 18 de Julio 2013. Madrid.
 
Organiza: Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
Participan: Comisión Europea.
Medio Ambiente,  Ecologístas en Acción, Repsol, Colegio de Ingenieros y Minas, Ministerio de Industria, Energía y Turismo, Federación Española de Municipios y Provincias


Adjuntamos la nota de prensa que se ha publicado desde el Ministerio tras la conclusión de las jornadas:

Miguel Arias Cañete: “Las decisiones del Ministerio respecto al fracking se apoyarán en criterios técnicos y ambientales”

 

El ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Miguel Arias Cañete, ha asegurado hoy que las decisiones que tome su Departamento en cuanto al fracking “se apoyarán fundamentalmente en criterios técnicos y ambientales”. También ha aclarado que los proyectos, en sí mismos, no son ni buenos ni malos, sino que las condiciones ambientales en las que se opere con esa técnica son las que determinarán si es viable su aplicación.
Miguel Arias Cañete hacía estas manifestaciones durante la inauguración, junto al secretario de Estado de Medio Ambiente, Federico Ramos, de una jornada organizada por el Ministerio para analizar la aplicación de la técnica de fracturación hidráulica en la exploración y explotación de hidrocarburos no convencionales, conocida como fracking. 
En su intervención, el ministro ha explicado que en el ámbito europeo las posiciones respecto a la utilización del fracking no son unánimes, aunque sí es compartida la preocupación por los riesgos potenciales de esta actividad y hay una voluntad general de llevar a cabo  un análisis previo en profundidad.
En general, “los Estados tienden a la prudencia, con la aprobación de proyectos piloto de exploración sujetos a distintas cautelas, como la Evaluación de Impacto Ambiental obligatoria, la supervisión por un tercero independiente o la obligación de seguimiento”, ha comentado el ministro, quien ha asegurado que, hasta la fecha, ningún país ha aprobado proyecto alguno de explotación. 
Desde España, “hemos sugerido algunas ideas dirigidas a clarificar la aplicación de determinadas directivas ambientales, como la Directiva Marco de Aguas, la de Responsabilidad Medioambiental, la de Evaluación de Impacto Ambiental o la de Emisiones Industriales”, ha indicado.
En cualquier caso, el ministro ha asegurado que existe un amplio consenso para que se intensifique el control por parte de las autoridades competentes de los proyectos de fracturación hidráulica. “Un principio de precaución cautela en la evaluación que este Ministerio está aplicando para asegurar que no se ponen en riesgo la salud pública ni el medio ambiente, con especial atención a la calidad de las aguas”, ha recalcado. 


CLARIFICAR LA NORMATIVA
Arias Cañete ha señalado que en España se han presentado ya varios proyectos de fracking, y se hace necesario clarificar las normas aplicables, para que los posibles beneficios asociados a esta técnica “no se vean oscurecidos por los potenciales riesgos medioambientales”. De esta forma, aunque los proyectos de fracking no se incluyen dentro del ámbito de la actual Ley de Evaluación de Impacto Ambiental, el ministro considera que deben someterse a una evaluación ambiental completa. 
Por ello, el ministro ha explicado que el borrador de Anteproyecto de Ley de Evaluación de Impacto Ambiental incluirá este requisito, en consonancia con lo establecido en el Proyecto de Ley para la garantía del suministro e incremento de la competencia en los sistemas eléctricos insulares y extrapeninsulares, actualmente en tramitación parlamentaria.  
En todo caso, Arias Cañete ha mostrado su disposición a seguir trabajando “para garantizar que los proyectos que conlleven la aplicación del fracking tengan la máxima garantía ambiental”, ha concluido.



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Miles de Firmas para parar el Fracking en Campos de Hellín


La Fracturación Hidráulica (o Fracking) era completamente desconocida en la Comarca  de Campos de Hellín hace solo unos meses. En las últimas semanas, la Plataforma contra el Fracking en Campos de Hellín ha dado una serie de charlas informativas sobre el problema en Ayuntamientos, asociaciones e institutos y ha conseguido que su última campaña, una recogida de firmas, haya tenido gran aceptación por la ciudadanía.

Por: Víctor García de Lucas.


El 25 de Junio a las 11:30 de la mañana, miembros de la Plataforma Contra en Fracking en Campos de Hellín entregaban 4240 firmas en la ventanilla única del SEPECAM de la localidad de Hellín. Las firmas, recogidas durante las últimas semanas, van dirigidas al presidente y a los grupos políticos representados en la Diputación provincial. En el escrito, los firmantes solicitan el pronunciamiento de sus representantes provinciales contra la técnica de la Fracturación Hidráulica en la Comarca, detallando los motivos que les han hecho llegar a esa reflexión. Los ciudadanos de la Comarca están alarmados por los numerosos problemas que para la salud y el medio ambiente tiene la Fracturación Hidráulica y esperan que sus representantes actúen para protegerles de las mismas.

La recogida de firmas ha sido el último de una serie de actuaciones encaminadas a difundir entre la ciudadanía la problemática de la Fracturación Hidráulica. Desde que el 7 de Marzo se diera la primera de las charlas en Hellín para sacar a la luz el Proyecto LEO que afecta al sur de la Comarca, se han impartido un total de 12 charlas en los 5 municipios afectados, tanto por el Proyecto LEO (que afecta a Hellín) como por el ARIES-1 (que afecta a Hellín, Tobarra, Albatana, Ontur y Fuente Álamo). ARIES-1, de cuya existencia informó a la población la formación política EQUO a principios de Abril, lleva sin embargo un largo recorrido al haber sido aprobada a principios de 2009, esto significa que, a diferencia de lo que ocurre con LEO, estaría en sus últimas fases de estudio y podría comenzar su actividad extractiva a finales de 2014 o principios de 2015.

Lo apremiante de la situación tras el descubrimiento de ARIES-1 ha hecho que los municipios afectados cobren conciencia del peligro, sus ayuntamientos se han declarado contrarios de forma unánime y han facilitado la difusión de la información.

Fruto de estas campañas ha sido el éxito de la recogida de firmas, ahora cabe esperar que el esfuerzo que los ciudadanos de la Comarca de Campos de Hellín no caiga en saco roto, que sus representantes en la Diputación Provincial tomen buena nota de ellos, se pronuncien al respecto y hagan todo lo que esté en su mano para que la Fracturación Hidráulica nunca llegue a ser una realidad en la Comarca.


Por: Víctor García de Lucas, Miembro de la Plataforma contra el Fracking de Campos de Hellin.


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Agua contaminada en los pozos cercanos al "fracking"

Agua contaminada en los pozos cercanos al 'fracking'

Miguel G. Corral | Madrid

El 'fracking' es ya uno de los temas más polémicos de la escena energética española incluso antes de haberse perforado un solo pozo ni siquiera para la investigación de su potencial en el territorio nacional. Pero el interés mostrado por algunas autonomías como País Vasco y por el ministro de Industria, Energía y Turismo, José Manuel Soria, y la prohibición de este tipo de extracción de gas natural en otras regiones como Cantabria han situado esta técnica en boca de todos.

No obstante, es EEUU el país que tiene experiencia en esta nueva forma de extraer gas para la que hay que romper estratos rocosos de pizarra en el subsuelo, usando agua a presión mezclada con arena y sustancias químicas contaminantes. Y es allí donde se están estudiando en detalle los riesgos ambientales, geológicos y para la salud pública que puede implicar. El último de ellos se acaba de publicar en la revista 'Proceedings of the National Academy of Sciences' (PNAS) y revisa precisamente una de las mayores amenazas para la salud pública: la contaminación de las aguas subterráneas para consumo humano.

El equipo de investigadores de la Universidad de Duke que firma el trabajo analizó 81 nuevos pozos de agua cercanos a puntos de extracción de gas con la técnica de 'fracking' y añadió esos resultados a los que ya se habían realizado previamente en otros 60 pozos. Las principales conclusiones a las que llegaron es que la concentración de gas metano en el agua de consumo humano era seis veces mayor de lo normal y la de etano llegaba a ser hasta 23 veces superior en los pozos situados a un kilómetro de la prospección.

Todos los puntos analizados estaban situados en el noreste de Pennsylvania, en un yacimiento de gas de pizarra llamado Marcellus. La contaminación de las aguas subterráneas con metano es algo que ya se había demostrado con anterioridad y que otros estudios aseguraban que era producida por causas naturales. Pero, según el autor principal, Robert Jackson, los resultados sobre el etano y el propano (encontrado también en 10 de los pozos analizados) son "nuevos y muy difíciles de refutar".
La polémica está servida

"No hay una fuente biológica de etano y propano en la región que estudiamos y el gas de Marcellus es rico en ambos gases", explica Jackson. Los investigadores, además, realizaron análisis isotópicos de los átomos de carbono para comprobar la procedencia de los gases encontrados. "Los datos sobre el metano, el propano y el etano y las nuevas evidencias obtenidas de los isótopos de los hidrocarburos y del helio sugieren que las perforaciones han afectado al agua de algunas viviendas cercanas", asegura el investigador del departamento de ciencias ambientales de la Universidad de Duke (EEUU).

"En una minoría de casos, el gas incluso se parece mucho al de Marcellus, probablemente debido a una construcción defectuosa del pozo", dice Jackson. Sin embargo, desde Shale Gas España, la plataforma que aúna a las empresas interesadas en extraer este combustible en España, dudan de la fiabilidad de los resultados obtenidos por Jackson y su grupo. "Que hayan encontrado estos gases en aguas de pozos de agua no demuestra nada. En esa zona de Pennsylvania hay contaminación de las aguas de forma natural porque estos gases están a muy poca profundidad y están realmente mezclados", explica Rafael López, geólogo de Shale Gas España.

Según este portavoz de la industria del 'fracking', para saber realmente si la contaminación tiene que ver con este método de extracción habría que hacer muchas más pruebas geológicas. En su opinión aún hace falta mucha más investigación para "llegar al fondo del asunto".


http://www.elmundo.es/elmundo/2013/06/24/natura/1372100235.html


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Entrega de firmas el martes 25 de junio



La Plataforma Campos de Hellín contra el fracking hará entrega de las FIRMAS recogidas el próximo MARTES DÍA 25 DE JUNIO a las 11:30h. en la ventanilla única del SEPECAM en C/ San Juan de Dios (Hellín)

Enviamos al Sr. Presidente de la Diputación las firmas recogidas y solicitamos a los grupos políticos representados en la Diputación Provincial de Albacete que se pronuncien contra el uso de la técnica de fractura hidráulica para la extracción de gas en nuestra provincia.

Agradeceríamos vuestra asistencia a la entrega de firmas.

Invitamos a todos los grupos políticos y alcaldes de los Ayuntamientos de Albatana, Fuente Álamo, Hellín, Ontur y Tobarra a que asistan, para ratificar la unidad que existe en toda la comarca contra el uso de esta técnica.

Gracias a todos.

Nos vemos el martes a las 11:30h. en el SEPECAM de Hellín

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charla informativa sobre "EL FRACKING EN CLM: GRAVE AMENAZA PARA LA AGRICULTURA ECOLÓGICA"

Estimadas personas y familias asociadas (y no asociadas):
    
El próximo miércoles 19-06-2013 se celebrará en el Centro Sociocultural del Ensanche (C/ Arquitecto Vandelvira, 73) de Albacete, una charla informativa sobre "EL FRACKING EN CLM: GRAVE AMENAZA PARA LA AGRICULTURA ECOLÓGICA", a las 20h. Se adjunta un pdf con el cartel de la charla.
                
En ella se expondrán los permisos concedidos en todo nuestro territorio, se explicará lo que es esta nefasta técnica de extracción de gas,  las causas y consecuencias de su empleo, y qué se está haciendo para parar esta locura, que compromete el presente y el futuro de nuestra AGUA y  de todo el planeta. Al finalizar, se abrirá un turno de preguntas para las personas asistentes, para aclarar o ampliar las explicaciones presentadas.  
       
La entrada es abierta y gratuita para todo el mundo. El Ayuntamiento colabora cediendo la sala.           

Esperamos que sea de vuestro interés, y podáis acudir. Se agradece la difusión de este acto, entre las personas que creáis interesadas.           

Hasta entonces, recibid un cordial saludo.           
         
Fernando Llobell - Pte. de La Tierrallana




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Plataforma anti-fracking Campos de Hellín. Recogida de firmas en Avaaz

¿Por qué es importante firmar?

El "fracking" o fractura hidráulica, es un método de extracción que utiliza una mezcla de agua, arena y sustancias químicas inyectadas a alta presión para romper la roca densa y liberar el petróleo y el gas atrapado.

Los terribles efectos pueden verse de en el laureado documental Gasland del director Josh Fox. Más info:

http://www.fracturahidraulicano.info/

http://www.youtube.com/watch?feature=player_embedded&v=4czENnKvf1I#!

La técnica de la fractura hidráulica se empezó a usar hace más de veinte años en Estados Unidos y Canadá para explotar el gas y el petróleo que impregnaba las rocas profundas como pizarras, esquistos o areniscas. El desarrollo de esa tecnología ha provocado numerosos y graves problemas de contaminación de acuíferos, escapes de las sustancias tóxicas que se utilizan para disolver los combustibles de las rocas, envenenamiento de animales y de las aguas, olores, explosiones asociadas a la acumulación de gas, etc.

Recientemente se han iniciado en nuestro país diversos proyectos de investigación para el desarrollo de esa técnica, que han provocado la oposición ciudadana y, en algunos casos, como el del gobierno de Cantabria y el de La Rioja, o la Diputación Provincial de Valladolid, el rechazo institucional a la puesta en marcha de proyectos en su territorio.

Entre los proyectos presentados, se encuentran los denominados Aries 1, Aries 2 y Leo, que afectan a amplias zonas de la comarca de los Campos de Hellín, pero están pendientes las autorizaciones para el desarrollo de los mismos, tales como apertura de caminos, eliminación de cobertura vegetal, autorizaciones de entrada a fincas, etc.

Jesus Blazquez M.

https://secure.avaaz.org/es/petition/Plataforma_antifracking_campos_de_hellin



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Asamblea de la plataforma ciudadana: Cuenca del Segura libre de Frakcing


El próximo Sábado, 22 de Junio, se celebrará una asamblea de la plataforma ciudadana: La Cuenca del Segura libre de Fracking.

El orden del día es:

1.- Manifiesto de la Plataforma
2.- Funcionamiento y organización de la Plataforma.
3.- Planificación de actividades e iniciativas. Formación de grupos de trabajo
4.- Ruegos y preguntas

Lugar de reunión:

I.E.S. Diego Tortosa
Av de Juan XXIII, 47 Cieza (Murcia)
Hora: 17:00 hs.






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Ampliado el plazo para entregar las Hojas de Firmas

Dada la cantidad de firmas que es están recogiendo en toda la Comarca, y por petición popular, ampliamos el plazo de entrega de las Hojas de Firmas al día 21 de junio.
Se pueden dejar en:

- Librería Libros en c/ Periodista Antonio Andújar de Hellín
- A Carmen en el despacho de IU en el Ayuntamiento de Hellín

Podeis descargarlo aquí.


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Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas.

Artículos aportados por Paco Segura (Ecologístas en Acción)

Artículos del texto refundido de la Ley de Aguas que creo que son de mucho interés para poner trabas a posibles proyectos de fracking, tanto de investigación como de explotación.

Básicamente, lo que dicen es que cualquier explotación deberá tener un permiso de vertido que lo tiene que conceder la Administración Hidráulica competente, normalmente la Confederación. Y, por lo que sabemos, muchas de las autorizaciones que se han concedido no lo tienen.

Salud




Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas.


TÍTULO V: De la protección del dominio público hidráulico y de la calidad de las aguas
    CAPÍTULO II: De los vertidos
        SECCIÓN 1: VERTIDOS AL DOMINIO PÚBLICO HIDRÁULICO


Artículo 100 Concepto

1. A los efectos de la presente Ley, se considerarán vertidos los que se realicen directa o indirectamente en las aguas continentales, así como en el resto del dominio público hidráulico, cualquiera que sea el procedimiento o técnica utilizada. Queda prohibido, con carácter general, el vertido directo o indirecto de aguas y de productos residuales susceptibles de contaminar las aguas continentales o cualquier otro elemento del dominio público hidráulico, salvo que se cuente con la previa autorización administrativa.

2. La autorización de vertido tendrá como objeto la consecución de los objetivos medioambientales establecidos. Dichas autorizaciones se otorgarán teniendo en cuenta las mejores técnicas disponibles y de acuerdo con las normas de calidad ambiental y los límites de emisión fijados reglamentariamente. Se establecerán condiciones de vertido más rigurosas cuando el cumplimiento de los objetivos medioambientales así lo requiera.

Número 2 del artículo 100 redactado por el apartado treinta y tres del artículo 129 de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social (“B.O.E.” 31 diciembre). 

3. Cuando se otorgue una autorización o se modifiquen sus condiciones, podrán establecerse plazos y programas de reducción de la contaminación para la progresiva adecuación de las características de los vertidos a los límites que en ella se fijen.

4. La autorización de vertido no exime de cualquier otra que sea necesaria, conforme a otras leyes para la actividad o instalación de que se trate.

Téngase en cuenta que el apartado treinta y cuatro del artículo 129 de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social (“B.O.E.” 31 diciembre), establece que el actual apartado tercero y el cuarto del artículo 100 pasan a ser cuarto y quinto; no obstante no procede efectuar la citada modificación al no contemplar la redacción correspondiente al apartado tercero depués de la renumeración. 

    Capítulo II del Título V modificado por los apartados 32 a 35 del artículo 129 de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social (“B.O.E.” 31 diciembre), que respectivamente, estructura en dos Secciones el referido Capítulo, modifica los apartados 2, 3 y 4 del artículo 100 e introducen un nuevo artículo 108 bis en la Sección 2.ª.Vigencia: 1 enero 2004




Artículo 101 Autorización de vertido

1. Las autorizaciones de vertidos establecerán las condiciones en que deben realizarse, en la forma que reglamentariamente se determine.

En todo caso, deberán especificar las instalaciones de depuración necesarias y los elementos de control de su funcionamiento, así como los límites cuantitativos y cualitativos que se impongan a la composición del efluente y el importe del canon de control del vertido definido en el artículo 113.

2. Las autorizaciones de vertido corresponderán a la Administración hidráulica competente, salvo en los casos de vertidos efectuados en cualquier punto de la red de alcantarillado o de colectores gestionados por las Administraciones autonómicas o locales o por entidades dependientes de las mismas, en los que la autorización corresponderá al órgano autonómico o local competente.

 Número 2 del artículo 101 introducido, en su actual redacción, por el artículo único del R.D.-Ley 4/2007, de 13 de abril, por el que se modifica el texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por el R.D. Legislativo 1/2001, de 20 de julio (“B.O.E.” 14 abril).Vigencia: 14 abril 2007

3. Las autorizaciones de vertido tendrán un plazo máximo de vigencia de cinco años, renovables sucesivamente, siempre que cumplan las normas de calidad y objetivos ambientales exigibles en cada momento. En caso contrario, podrán ser modificadas o revocadas de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 104 y 105.

 Número 3 del artículo 101 renumerado por el artículo único del R.D.-Ley 4/2007, de 13 de abril, por el que se modifica el texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por el R.D. Legislativo 1/2001, de 20 de julio (“B.O.E.” 14 abril). Su contenido literal se corresponde con el del anterior número 2 del mismo artículo.Vigencia: 14 abril 2007

4. A efectos del otorgamiento, renovación o modificación de las autorizaciones de vertido el solicitante acreditará ante la Administración hidráulica competente, en los términos que reglamentariamente se establezcan, la adecuación de las instalaciones de depuración y los elementos de control de su funcionamiento, a las normas y objetivos de calidad de las aguas. Asimismo, con la periodicidad y en los plazos que reglamentariamente se establezcan, los titulares de autorizaciones de vertido deberán acreditar ante la Administración hidráulica las condiciones en que vierten.

Los datos a acreditar ante la Administración hidráulica, conforme a este apartado, podrán ser certificados por las entidades que se homologuen a tal efecto, conforme a lo que reglamentariamente se determine.

 Número 4 del artículo 101 renumerado por el artículo único del R.D.-Ley 4/2007, de 13 de abril, por el que se modifica el texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por el R.D. Legislativo 1/2001, de 20 de julio (“B.O.E.” 14 abril). Su contenido literal se corresponde con el del anterior número 3 del mismo artículo.Vigencia: 14 abril 2007

5. Las solicitudes de autorizaciones de vertido de las Entidades locales contendrán, en todo caso, un plan de saneamiento y control de vertidos a colectores municipales. Las Entidades locales estarán obligadas a informar a la Administración hidráulica sobre la existencia de vertidos en los colectores locales de sustancias tóxicas y peligrosas reguladas por la normativa sobre calidad de las aguas.

 Número 5 del artículo 101 renumerado por el artículo único del R.D.-Ley 4/2007, de 13 de abril, por el que se modifica el texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por el R.D. Legislativo 1/2001, de 20 de julio (“B.O.E.” 14 abril). Su contenido literal se corresponde con el del anterior número 4 del mismo artículo.Vigencia: 14 abril 2007

    Capítulo II del Título V modificado por los apartados 32 a 35 del artículo 129 de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social (“B.O.E.” 31 diciembre), que respectivamente, estructura en dos Secciones el referido Capítulo, modifica los apartados 2, 3 y 4 del artículo 100 e introducen un nuevo artículo 108 bis en la Sección 2.ª.Vigencia: 1 enero 2004




Artículo 102 Autorización de vertido en acuíferos y aguas subterráneas

Cuando el vertido pueda dar lugar a la infiltración o almacenamiento de sustancias susceptibles de contaminar los acuíferos o las aguas subterráneas, sólo podrá autorizarse si el estudio hidrogeológico previo demostrase su inocuidad.

    Capítulo II del Título V modificado por los apartados 32 a 35 del artículo 129 de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social (“B.O.E.” 31 diciembre), que respectivamente, estructura en dos Secciones el referido Capítulo, modifica los apartados 2, 3 y 4 del artículo 100 e introducen un nuevo artículo 108 bis en la Sección 2.ª.Vigencia: 1 enero 2004



Artículo 103 Limitaciones a las actuaciones industriales contaminantes

Las autorizaciones administrativas sobre establecimiento, modificación o traslado de instalaciones o industrias que originen o puedan originar vertidos, se otorgarán condicionadas a la obtención de la correspondiente autorización de vertido.

El Gobierno podrá prohibir, en zonas concretas, aquellas actividades y procesos industriales cuyos efluentes, a pesar del tratamiento a que sean sometidos, puedan constituir riesgo de contaminación grave para las aguas, bien sea en su funcionamiento normal o en caso de situaciones excepcionales previsibles.

    Capítulo II del Título V modificado por los apartados 32 a 35 del artículo 129 de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social (“B.O.E.” 31 diciembre), que respectivamente, estructura en dos Secciones el referido Capítulo, modifica los apartados 2, 3 y 4 del artículo 100 e introducen un nuevo artículo 108 bis en la Sección 2.ª.Vigencia: 1 enero 2004



Artículo 104 Revisión de las autorizaciones de vertido

1. El Organismo de cuenca podrá revisar las autorizaciones de vertido en los siguientes casos:

    a) Cuando sobrevengan circunstancias que, de haber existido anteriormente, habrían justificado su denegación o el otorgamiento en términos distintos.

    b) Cuando se produzca una mejora en las características del vertido y así lo solicite el interesado.

    c) Para adecuar el vertido a las normas y objetivos de calidad de las aguas que sean aplicables en cada momento y, en particular, a las que para cada río, tramo de río, acuífero o masa de agua dispongan los Planes Hidrológicos de cuenca.

2. En casos excepcionales, por razones de sequía o en situaciones hidrológicas extremas, los Organismos de cuenca podrán modificar, con carácter general, las condiciones de vertido a fin de garantizar los objetivos de calidad.

    Capítulo II del Título V modificado por los apartados 32 a 35 del artículo 129 de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social (“B.O.E.” 31 diciembre), que respectivamente, estructura en dos Secciones el referido Capítulo, modifica los apartados 2, 3 y 4 del artículo 100 e introducen un nuevo artículo 108 bis en la Sección 2.ª.Vigencia: 1 enero 2004



Artículo 105 Vertidos no autorizados

1. Comprobada la existencia de un vertido no autorizado, o que no cumpla las condiciones de la autorización, el Organismo de cuenca realizará las siguientes actuaciones:

    a) Incoar un procedimiento sancionador y de determinación del daño causado a la calidad de las aguas.

    b) Liquidará el canon de control de vertido, de conformidad con lo establecido en el artículo 113.

2. Complementariamente, el Organismo de cuenca podrá acordar la iniciación de los siguientes procedimientos:

    a) De revocación de la autorización de vertido, cuando la hubiera, para el caso de incumplimiento de alguna de sus condiciones.

Cuando la autorización de vertido en cuencas intercomunitarias se hubiera integrado en la autorización ambiental integrada, el organismo de cuenca comunicará la revocación mediante la emisión de un informe preceptivo y vinculante a la Comunidad Autónoma competente, a efectos de su cumplimiento.

    b) De autorización del vertido, si no la hubiera, cuando éste sea susceptible de legalización.

    c) De declaración de caducidad de la concesión de aguas en los casos especialmente cualificados de incumplimiento de las condiciones o de inexistencia de autorización, de los que resulten daños muy graves en el dominio público hidráulico.

3. Las revocaciones y declaraciones de caducidad acordadas conforme al apartado anterior no darán derecho a indemnización.

Capítulo II del Título V modificado por los apartados 32 a 35 del artículo 129 de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social (“B.O.E.” 31 diciembre), que respectivamente, estructura en dos Secciones el referido Capítulo, modifica los apartados 2, 3 y 4 del artículo 100 e introducen un nuevo artículo 108 bis en la Sección 2.ª.Vigencia: 1 enero 2004



Artículo 106 Suspensión de actividades que originan vertidos no autorizados

El Gobierno, en el ámbito de sus competencias, podrá ordenar la suspensión de las actividades que den origen a vertidos no autorizados, de no estimar más procedente adoptar las medidas precisas para su corrección, sin perjuicio de la responsabilidad civil, penal o administrativa en que hubieran podido incurrir los causantes de los mismos.

Capítulo II del Título V modificado por los apartados 32 a 35 del artículo 129 de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social (“B.O.E.” 31 diciembre), que respectivamente, estructura en dos Secciones el referido Capítulo, modifica los apartados 2, 3 y 4 del artículo 100 e introducen un nuevo artículo 108 bis en la Sección 2.ª.Vigencia: 1 enero 2004

Artículo 107 Explotación de depuradoras por el Organismo de cuenca

El Organismo de cuenca podrá hacerse cargo directa o indirectamente, por razones de interés general y con carácter temporal, de la explotación de las instalaciones de depuración de aguas residuales, cuando no fuera procedente la paralización de las actividades que producen el vertido y se derivasen graves inconvenientes del incumplimiento de las condiciones autorizadas.

En este supuesto, el Organismo de cuenca reclamará del titular de la autorización, incluso por vía de apremio:

    a) Las cantidades necesarias para modificar o acondicionar las instalaciones en los términos previstos en la autorización.

    b) Los gastos de explotación, mantenimiento y conservación de las instalaciones.

    Capítulo II del Título V modificado por los apartados 32 a 35 del artículo 129 de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social (“B.O.E.” 31 diciembre), que respectivamente, estructura en dos Secciones el referido Capítulo, modifica los apartados 2, 3 y 4 del artículo 100 e introducen un nuevo artículo 108 bis en la Sección 2.ª.Vigencia: 1 enero 2004



Artículo 108 Empresas de vertido

Podrán constituirse empresas de vertido para conducir, tratar y verter aguas residuales de terceros. Las autorizaciones de vertido que a su favor se otorguen, incluirán, además de las condiciones exigidas con carácter general, las siguientes:

    a) Las de admisibilidad de los vertidos que van a ser tratados por la empresa.

    b) Las tarifas máximas y el procedimiento de su actualización periódica.

    c) La obligación de constituir una fianza para responder de la continuidad y eficacia de los tratamientos.

La cuantía de la fianza y los efectos que se deriven de la revocación de la autorización se determinarán reglamentariamente.

    Capítulo II del Título V modificado por los apartados 32 a 35 del artículo 129 de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social (“B.O.E.” 31 diciembre), que respectivamente, estructura en dos Secciones el referido Capítulo, modifica los apartados 2, 3 y 4 del artículo 100 e introducen un nuevo artículo 108 bis en la Sección 2.ª.Vigencia: 1 enero 2004



SECCIÓN 2: VERTIDOS MARINOS

Sección 2.ª del Capítulo II del Título V, integrada por el artículo 108 bis, introducida por el apartado treinta y cinco del artículo 129 de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social (“B.O.E.” 31 diciembre). 



Artículo 108 bis Principios generales

1. La protección de las aguas marinas tendrá por objeto interrumpir o suprimir gradualmente los vertidos, las emisiones y las pérdidas de sustancias peligrosas prioritarias, con el objetivo último de conseguir concentraciones en el medio marino cercanas a los valores básicos por lo que se refiere a las sustancias de origen natural y próximas a cero por lo que respecta a las sustancias sintéticas artificiales.

2. Los principios generales enumerados en el apartado anterior se recogerán por la legislación sectorial aplicable en cada caso.

    Capítulo II del Título V modificado por los apartados 32 a 35 del artículo 129 de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social (“B.O.E.” 31 diciembre), que respectivamente, estructura en dos Secciones el referido Capítulo, modifica los apartados 2, 3 y 4 del artículo 100 e introducen un nuevo artículo 108 bis en la Sección 2.ª.Vigencia: 1 enero 2004









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El infierno del Fracking


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Reunión anti Fracking en Albatana

El domingo 23 de junio en el salón de actos de Albatana a las 17h 00 os esperamos para organizarnos, conocernos, recoger ideas, firmas, informar a quién lo necesite... Os esperamos!


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Fracking. El capital especulativo alimenta la burbuja del gas





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¿Fracking sí o fracking no?

¿Fracking sí o fracking no?

Un nuevo negocio se está fraguando en el mundo de los hidrocarburos: la fracturación hidráulica o fracking. Está técnica usada para la extracción de gas no convencional y petróleo, ha desatado el debate de quienes se muestran a favor y en contra. Los ecologistas alertan de riesgos para el medio ambiente y para la salud, mientras que el sector energético habla de beneficios económicos y creación de empleo.

¿Oportunidad o ruina? El comisario europeo de energía, Günther Oettinger, afirmó hace dos semanas que no se podía “dejar pasar la oportunidad” que representa el fracking, ya que podría tener mucho potencial económico. "Si permitimos prospecciones de prueba, en unos años sabremos mucho más con certeza  sobre esta tecnología, también sobre los costes", argumentó el comisario de Energía.

Para Ecologistas en Acción esta “oportunidad” es un puro espejismo. En su informe “La ruina de la fractura hidráulica”  , afirman que este método de extracción de gas natural no convencional (también conocido como gas pizarra o gas esquisto) no se sostiene sobre cimientos energéticos o económicos sólidos.  Creen que es "una nueva burbuja especulativa" y un intento desesperado de mantener el grifo de los hidrocarburos (petróleo y gas) abierto, con un coste económico, ecológico y social mucho más elevado que hasta ahora.

Con opiniones tan opuestas, es normal que existan muchas dudas al respecto. Para intentar resolver estas incertidumbres, la portavoz de Shale Gas España  (plataforma que reúne a las principales compañías líderes en la exploración y desarrollo de shale gas en nuestro país) Mónica V. Cristina y el coordinador del Área de Cambio Climático de Ecologistas en Acción Pablo Cotarelo, nos han respondido a una serie de preguntas.

¿Qué impacto social y medioambiental podría tener el fracking?

Mónica V.Cristina: El desarrollo seguro del shale gas (nombre que recibe en inglés el gas pizarra)  pasa por la información transparente sobre los proyectos, una legislación medioambiental estricta y la aplicación de las buenas prácticas de la industria. Algo que hoy en día es posible gracias a los avances técnicos disponibles. Por si quedara alguna duda, todos los proyectos en España deberán pasar un Estudio de Impacto Ambiental completo. Además la documentación presentada por las empresas será analizada no solo por técnicos cualificados de la administración sino también por los ayuntamientos, asociaciones, sindicatos, partidos políticos, ONG y ciudadanos.

Pablo Cotarelo: Es indispensable apelar al principio de precaución recogido en el artículo 191 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Este principio garantiza un elevado nivel de protección del medio ambiente mediante la toma de decisiones  preventivas en caso de riesgo. Teniendo en cuenta los precedentes acaecidos, fundamentalmente en EEUU, exención del cumplimento para la fractura hidráulica de importantes leyes, contaminación del agua, aumento de los casos de cáncer entre la población que vive cerca de los pozos, parece más que razonable apelar a este principio.


¿Es una técnica rentable?

Mónica V. Cristina: Europa y España están actualmente en una fase de exploración e investigación (no de producción). Esta fase, que dura de 4 a 6 años, tiene como objetivo determinar la viabilidad técnica, económica y también medioambiental de un posible desarrollo del gas no convencional. Aún hay, por tanto, interrogantes. Sabemos, por ejemplo, que los costes en Europa serán más elevados que en Estados Unidos, debido a que la geografía, la normativa o la disponibilidad de infraestructuras son diferentes. Sobre la rentabilidad, si las empresas no pensaran que existe potencial, no dedicarían recursos ni tiempo.

Pablo Cotarelo: La rentabilidad económica depende de variables que pueden ser modificadas y evolucionar con el tiempo. Por el lado de los ingresos, nos encontramos con la posibilidad de variaciones extremas debidas al precio del hidrocarburo en el mercado y si existe especulación en algún momento del proceso y de qué tipo. Y del lado de los costes, es importante tener en cuenta la cuantía de las ayudas y subvenciones estatales que los hidrocarburos tienen en todo el mundo. En definitiva, y tomando los datos de inversión media anual en EEUU (42.000 millones de $) frente a los ingresos provenientes de la ventas del gas de esquisto en 2012 (32.500 millones $), se observa que existe algún punto en el que las cuentas no terminan de cuadrar.


¿Reduciría la fractura hidráulica la dependencia energética española?

Mónica V. Cristina: Es ingenuo pensar que el shale gas por sí solo, o las energías renovables por sí solas, nos ayudarán a afrontar los retos económicos, energéticos y medioambientales que tenemos por delante. Hay que sumar fuerzas. El shale gas no es una revolución ni una panacea, pero sí una oportunidad para la creación de puestos de trabajo, la atracción de inversiones, la reducción de la dependencia energética y la mejora de la competitividad de las empresas en España. Sin contar que es una energía “puente” para un futuro bajo en carbono. La industria calcula que los recursos prospectivos potenciales de gas (convencional y no convencional) equivalen a 70 años de consumo en España.

Pablo Cotarelo: La dependencia energética depende no sólo de la procedencia del recurso sino también de la propiedad del capital inversor y de la tecnología, y además de cuestiones relacionadas con la geoestrategia. Sin entrar a valorar los estudios internacionales que no sitúan a la Península Ibérica como uno de los principales "yacimientos" de gas de esquisto en Europa, en este caso sería muy aventurado afirmar que se reduciría la dependencia exterior, y sería incierto decir que se avanzaría hacia la soberanía energética, que tiene que ver con la capacidad de decisión de la población en lo que se refiere al mundo de la energía.


¿Qué hay de verdad, respecto a que las empresas que realizan fracking ocultan los aditivos químicos que se mezclan con el agua?  

Mónica V. Cristina: Existe mucha desinformación sobre este punto. La realidad es que se utilizan entre 1 y 12 sustancias aprobadas y reguladas por la legislación europea y que además son corrientes en productos de limpieza del hogar o se utilizan en la industria alimentaria. La función de estos aditivos es una función técnica como la eliminación de bacterias o la mejora de la productividad del pozo. Por otro lado, no existen secretismos. Los aditivos utilizados se divulgan a las autoridades competentes. Además, se mantiene a los ciudadanos informados respecto a su uso y objetivos.

Pablo Cotarelo: En EEUU se ha ocultado estos aditivos hasta hace solamente unos meses, amparándose en el secreto industrial, y así lo denunciaba públicamente el partido demócrata en un informe. En el caso europeo sería más difícil permitir algo de esa naturaleza por el cuerpo legislativo existente y la atención pública que está teniendo. Sin embargo, de la lista de productos químicos que se utilizaron en el permiso Enara 9 en la provincia de Burgos, tan solo conocemos un 30%. Es evidente que, hasta el momento, la industria de los hidrocarburos no se ha caracterizado por la transparencia.


http://www.melior.is/content/tema/fracking-si-o-fracking-no



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Recorte de prensa: Tobarra contra el Fracking

El diario La Tribuna de Albacete en su edición de 6 de junio de 2013 dedica un artículo al Fracking.

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